domingo, 25 de agosto de 2013

Derechazo


El derechazo judicial


El título no referencia una posición ideológica (aunque podría hacerlo) sino  a la figuración de un fuerte golpe que alguien da a otro. Es que la semana vino cargada de novedades judiciales, especialmente en materia de pronunciamientos contra leyes y políticas del Poder Ejecutivo. Varios derechazos. 

Tres  pronunciamientos en forma de acordadas (que se agregan a una de la semana anterior) y dos pronunciamientos en formas de sentencias. De los seis pronunciamientos, cinco son de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La reforma judicial
Cuando la presidenta Cristina Fernández el 1º de marzo ante el Congreso de la Nación anunció el inicio de un proceso de reformas judiciales, también advirtió el comienzo de un camino sinuoso cuyo final se desconoce. CFK tenía para sí que los frutos de sus anuncios no se verían en poco tiempo y –tal vez- que ni siquiera al finalizar su mandato vería una parte importante de ellos.
Ya lo dijimos la semana pasada: el judicial es el poder del Estado menos sujeto a la voluntad popular. Sus reformas dependen de una gran voluntad de transformación en el tiempo, de procesos políticos que nunca duran en el tiempo.
La presidenta sabía -sabe- los bueyes con los que está arando, por lo que se deduce que su objetivo fue abrir el debate para la posteridad, instalar la complejidad del tema y advertir sobre unos de los límites de nuestro sistema democrático institucional.

Unánimes acordadas…
Algún medio hablo de veto, facultad que nuestra Constitución otorga al Poder Ejecutivo, pero perfectamente aplicable a la situación.
Es que la CSJN por tres diferentes acordadas “vetó” a su manera leyes aprobadas por el Congreso de la Nación y promulgadas por el Poder Ejecutivo. Se pronunció sin mediar causa judicial haciendo ineficaces leyes vigentes en la república.
Así declaró inaplicables:
a) El artículo 4 de la Ley 26.856, que la obliga a transparentar con 5 días de anticipación “las cuestiones a dirimir en los acuerdos y reuniones que lleve a cabo” y “que tengan por objeto el dictado de sentencias, acordadas o resoluciones”. ¿tendrán algo que ocultar?
b) El artículo 6° de la Ley N° 26.857 que establece como autoridad de aplicación de la Ley que regula las declaraciones juradas patrimoniales a la Oficina Anticorrupción. Así pone bajo su jurisdicción el control y difusión de esa información, esquivando cualquier ojo extraño a la propia CSJN.
c) El ingreso por concurso establecido en la Ley 26.861 a sus propios funcionarios y empleados y a los que dependen de “la estructura central de gobierno y administración del Consejo de la Magistratura”. O sea, ingreso a dedazo.
La semana pasada la Corte había dejado boyando la Ley 26853 declarándola no operativa.

Las cuatro son leyes constitucionales y producto de aquellos anuncios de la Presidenta y fruto de un intenso debate. De un plumazo se suspendieron, modificaron, relativizaron… en fin, el autogobierno judicial vetó las leyes.

…y dos sentencias
Encadenados (por lo menos en mi opinión) aparecieron dos pronunciamientos.
Uno de la CSJN que impidió al Estado poner en discusión ante ese órgano por una supuesta presentación fuera de término. Nada menos que en el debate sobre la escandalosa entrega de Carlos S. Menem del predio ferial a la Sociedad Rural.
Se ve que los almanaques o los análisis que se hacen de ellos son muy complejos: la decisión tuvo dos votos en contra, uno nada menos que del propio presidente de la CSJN
El otro fallo, de menor jerarquía en cuanto al rango del tribunal –un sala de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial- suspendió la aplicación del artículo 20 de la Ley de Mercado de Capitales, que permite la intervención de la Comisión Nacional de Valores (CNV). En realidad el fallo, dictado por una presentación de un socio minoritario del holding de Noble-Magnetto, es de la semana anterior y tuvo nula difusión. Esta “modesta” medida cautelar bloquea una de las reformas económicas medulares de los últimos tiempos que tiene por objeto impulsar la inversión productiva y no especulativa, y si bien ha sido dictado para éste caso planteado en particular no hay que descartar “efecto cascada”.

La Corte que supimos conseguir
Cuando corría el año 2003 la desazón sobre la corte menemista les/nos había ganado a muchos. Un gran camino con destino a una negociación corrupta con esos jueces era, parecía, lo único posible. Y esos jueces representando lo peor de la corporación económica y política de nuestro país.
Néstor Kirchner, con una representación débil surgida de las urnas ideó movimientos al todo o nada, poniendo en juego su poco (todo) capital político.
El resultado fue política e institucionalmente impecable por tres: 1) la huída de los cortesanos vía juicio político con mayorías abrumadoras en el Congreso y de diversos sectores políticos; 2) impensable para la época, el decreto 222 del 19/06/2003 –de autolimitación de facultades del Poder Ejecutivo- donde la sociedad puede opinar sobre las postulaciones que además fueron ampliamente difundidas con información sobre los postulantes; 3) juezas y jueces altamente prestigiosos por su nivel académico, verdaderamente independientes pero a su vez con cierta historia de compromiso político.
Cuando todo parecía oscuro el proceso que impulso Kirchner produjo un giro a 180 grados de los cuales surgieron 2 jueces y dos juezas de los siete hoy en funciones, los tres restantes fueron designados 2 por Raúl Alfonsín y 1 por Eduardo Duhalde.
Esa es la Corte que hoy, cual tortuga, se mete en su caparazón corporativo. En el medio ¿qué paso? Difícil saberlo en su totalidad y menos desgranar un análisis en pocas líneas. Lo cierto es que el proceso de reformas al sistema judicial es necesario y la Corte lo resiste, incluso con fuertes sospechas de relaciones con las corporaciones económicas de algunos de sus integrantes. Por esas cosas del destino, el mismo órgano que simbolizó la ruptura de los ’90 se empeña hoy en desgranar sobre el ring sus derechazos al gobierno.
¿Fin de época de la Corte? Tal vez, o tal vez las definiciones respecto del próximo tema que abordo lo indique.

¿Esta semana preparan otro derechazo?
La CSJN le está dando vueltas al tema.
Es que debe resolver la constitucionalidad de algunos artículos de una ley con un gran simbolismo como lo es la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). Ley que fue parida por movimientos sociales y políticos que la militaron por décadas y votada por un Congreso compuesto por parlamentarios de diferentes colores partidarios.
Claro, del otro lado está uno de los grupos económicos mas poderosos de nuestro país que ha logrado demorar  cuatro años la aplicación plena de la Ley y polarizar política y socialmente defendiendo lo que para la sociedad debería ser indefendible.
Poderoso enemigo popular, un sistema de información sin controles sobre su integración económica (el contenido no está regulado), es una bomba de tiempo sobre la sociedad y sobre cualquier gobierno. Sin embargo, algunos sectores sociales y políticos se sientan a upa de los medios concentrados no advirtiendo que el perjuicio de garantizar su continuidad es equivalente a mantener nuestra condición de ciudadanos-rehenes de una comunicación antidemocrática.
La comunicación democrática nos libera como pueblos y nos ayuda a pensar. Muchas voces no concentradas nos hacen mas ciudadan@s. La comunicación de los monopolios nos vende información interesada en sus propios negocios.
Pero es así, la Corte ha habilitado la eterna cautelar que mantiene el monopolio –aunque a veces su actitud fue otra- y ahora a convocado a una audiencia pública para discutir sobre 4 artículos de la Ley, su corazón de la regulación antimonopólica. Bienvenida la audiencia y el debate, aunque la mayoría de las cosas que se dirán ya se dijeron en éstas décadas de debate y especialmente en el proceso de sanción de la Ley.
Pero luego de la audiencia deberá decidir. No es el fin del mundo y ni siquiera el fin de la lucha por la comunicación democrática, pues la ley tiene 162 artículos mas. Pero la decisión será un símbolo de ésta Corte, de éste sistema judicial y del poder que mantienen –o no- las corporaciones por encima de las instituciones democráticas.

Publicado en Diario Primera Línea del 25-08-2013 
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domingo, 18 de agosto de 2013

Infinito y útil

El infinito (y útil) debate sobre la justicia



Esta semana Jorge Milton Capitanich descerrajó una de sus periódicas y espaciadas críticas al Poder Judicial chaqueño. El marco de esas críticas es su no tan convincente triunfo electoral, la creciente demanda en algunos sectores acerca de la inseguridad y, claro, la realidad de un Poder Judicial inútil a la demanda ciudadana (por orden de prelación en la preocupación del declarante).
JMC pateo el hormiguero, el viejo hormiguero que muy pocos quieren patear. Tranquilo, fue sólo una pequeña patadita que desacomodó estéticamente la tierra. Suficiente para la reacción del poder corporativo y para ayudarnos a pensar, por lo menos a pensar dado que la acción en la materia depende –por ahora- de un minúsculo grupo de elite al que no tenemos acceso.
Pensemos. 

Muy importante, casi el más importante 
El Poder Judicial es 1/3 (uno de los tres) poderes del estado. La libertad, los derechos y el patrimonio de los habitantes está en manos de los 3 poderes, pero claramente el judicial puede ser –lo es habitualmente- el mas poderoso.
Por ejemplo puede frenar –derogar en la práctica- una ley que los 32 legisladores, o su mayoría, sancionaron. O puede hacer ley una norma inexistente. Peor aún puede cambiar totalmente el sentido de una norma con su interpretación.
Igualmente, puede frenar una acción del Poder Ejecutivo, u ordenar la realización de una o varias en diferentes sentidos.
Todo ese poder en un Poder que además es contrafáctico a la voluntad popular, o por lo menos atemporal a ella en sus “mejores” momentos, dada la duración del mandato de los jueces –mientras dure su buena conducta y/o hasta la muerte en algunos casos- y la forma de elección que además contamina su origen. 

¿Cómo se construye el Poder Judicial? 
La cosa es así (léase en masculino y/o femenino): un legislador por la mayoría y otro por la minoría, un miembro del Poder Ejecutivo, dos jueces electos por sorteo –uno del STJ y otro del resto- y dos abogados elegidos por la matrícula.   
Ese es el poder que designa y juzga a los jueces. O sea, todo queda “en familia”, sólo 2 de 7 electos con participación popular –indirectamente-  y la rendición de cuentas ante la sociedad le cabe en el mejor de los casos sólo a esos dos.
Poder económico y/o poder político con un poco de ganas de moldear el Poder Judicial tiene la mesa servida. Los hubo, los hay. 

El Poder Judicial que se supo construir 
Está claro que su composición, mandato y forma de selección y remoción autonomiza al Poder Judicial. No lo transforma en independiente, lo autonomiza del pueblo, lo convierte en un Estado dentro del Estado y en un Gobierno dentro del Gobierno, con reglas propias que pueden o no estar escritas y pueden o no pertenecer al Estado de Derecho.
El proyecto más contundente, desde 1983 para acá, de moldear un Poder Judicial a su medida y/o de sus intereses  lo condujo Angel Rozas. Dentro de la autonomización y garantizándola armo su propio esquema de Poder judicial.
El primer obstáculo que tenía AR fue el armado de un STJ a medida y el mandato constitucional de concurso para llegar a él –incluido en la reforma de 1994-. La Gran Ángel fue ignorar ese artículo de la Constitución.
Además contó con la prolija asistencia y/o silencio de las representaciones gremiales abogadiles hoy alborotadas por la patadita al hormiguero de JMC.
Como actor de reparto de ese proyecto estuvo  además la “gente del gremio abogadil” del Partido Justicialista. La palabra reparto se puede interpretar en todos los sentidos posibles.
La irrupción de JMC en el 2007 hizo soñar con la ruptura de ese moldeo. Pero no. La falta de voluntad política transformadora en la materia del Gobernador y esa misma gente del gremio abogadil de su propio partido lo coopto.  La Gran Angel, con matices, continúa navegando. 

Un botón de muestra 
La anécdota no se difundió mucho. Pero es interesante.
Los vecinos autoconvocados por la seguridad organizaron una marcha al STJ, para hacer mas visible su reclamo y alertar sobre la inacción de los poderes del estado en la materia. La respuesta del Poder Judicial no tardó: llego con una orden de desalojo del propio Poder Judicial, aparentemente por “ruidos molestos”.
Una muestra del funcionamiento corporativo. La respuesta no es escuchar para solucionar, la respuesta es hacernos callar. 

Justicia y seguridad 
Convengamos que algunas veces se suele hacer demagogia cuando se abusa del término “puerta giratoria” o cosas parecidas. Me sonó un poco así lo de JMC, en especial cuando tiene sus responsabilidades en la materia.
 Generalmente se apela al poder de gestión –Ejecutivo- cuando se demanda seguridad y se enfatiza como sí fuera el único responsable.
Es cierto, la prevención y gestión de la seguridad demanda una marcada acción de quien administra un conjunto de servicios públicos que impactan sobre la seguridad. La educación, el acceso a determinados derechos sociales, el empleo, la presencia del Estado en el territorio, son elementos centrales –además de la policía- para garantizar seguridad.
Pero no debemos perder de vista que un Poder Judicial que funcione, que encarcele a los verdaderos culpables y libere a los inocentes, que atienda humanamente a las víctimas, que garantice el acceso de los sectores populares, que disminuya sus tiempos de gestión para ser realmente justicia, que investigue y por sobre todas las cosas priorice la justicia ante la impunidad  es INDISPENSABLE. 

La salida 
La salida es construir otro Poder Judicial. Con las buenas y buenos abogad@s,  y (l@spoc@s) buenas juezas y buenos jueces. Y especialmente con mayor presencia del pueblo.

Publicado en Diario Primera Línea del 18/08/2013