Un beneficio
tributario para “las grandes”
miércoles, 25 de febrero de 2015
Menos impuestos para las GRANDES
En los últimos años,
en el Chaco, se han producido novedades importantes en materia tributaria. Desde los beneficios a
contribuyentes cumplidores, el aumento de alícuotas en ingresos brutos y
sellos, las reformas tendientes a dar mayor progresividad del impuesto
inmobiliario rural, son algunas de ellas.
A algunos avances le
sucedieron retrocesos.
Por ejemplo el beneficio de descuentos de hasta el 33% en el impuesto a los
ingresos brutos para los “contribuyentes cumplidores”, establecidos por Ley
6093 en el año 2008 que fuera dejado sin efecto en el año 2013.
Otro ejemplo, la búsqueda de la progresividad
en el impuesto inmobiliario rural que
trabajosamente se consiguió en los años 2010 y 2012, cayeron ante la tentación
“regalona” de 2013 y 2014 con descuentos del 30% y diferimientos a troche y
moche. La equidad en retroceso.
De todas las reformas, la mas profunda y
polémica por la cantidad de aspectos que abordó pero que luego de varios
debates se saldó positivamente con claroscuros fue la gran reforma de la Ley
7149: aumentó generalizadamente alícuotas de sellos e ingresos brutos, adecuó
el inmobiliario rural, y eliminó exenciones entre otras cosas –Leyes 7148 y
7149, del 28/11/2012-.
Fue precisamente en compensación de ese
incremento de alícuotas de noviembre de 2012 que la Ley 7148 estableció un
régimen de bonificación al contribuyente cumplidor -cuyas ventas no superen 50
millones de pesos (hoy 100 millones)- del 10%, o sea mucho menos generoso del citado de la ley
6093 pero a su vez con menos rigurosidad en cuanto a requisitos.
Retrocediendo
Convengamos que las
herramientas tributarias provinciales no son muy generosas para la construcción
de equidad, pero sin embargo son suficientes para marcar tendencias. Desde 2007 y hasta el 2013,
zigzagueante o con claroscuros, la tendencia había sido de mejora en la
equidad. Los del año 2013 y, principalmente, del año 2014 son para el olvido en la materia.
Se vienen las grandes empresas (¿volvió Menem?)
A los citados beneficios de 2013 y 2014 en el
impuesto inmobiliario rural, la
Legislatura agregó sobre fines del año pasado un nuevo y
generoso beneficio para las empresas grandes que consagra la tendencia en
retroceso.
La iniciativa del Diputado Darío Bacileff
Ivannof, en definitiva hoy Ley 7512, estableció
una bonificación de hasta el 20% en el impuesto a los ingresos brutos a
aquellas empresas cuya facturación supere los 100 millones de pesos,
agregando como único requisito distintivo de las que facturan menos el de
mantener la cantidad de personal, aunque ha soslayado un requisito que tienen
los más “pequeños”: el de no poseer actas de infracción por violación a la
normativa laboral. Ese requisito “legal” de cantidad de personal luego fue distorsionado por el Decreto
Reglamentario 9/2015.
Pasando en limpio: legisladoras y legisladores de nuestra Provincia han duplicado un
beneficio tributario a las empresas más grandes, sin interesar el nivel de
empleo que generan o diferenciar el tipo de actividad que realizan,
beneficiando de esta forma su utilidad o
dándole mejor posición de costos (y por ende de precios) en la competencia con
las pequeñas. Una idea claramente NEOLIBERAL
¿Cuáles son las
empresas que tienen actividad económica en el Chaco y cuya facturación –local,
nacional o internacional- supera los 100 millones de pesos? ¿Porqué merecen un
beneficio que duplica el de las medianas, pequeñas y pequeñísimas empresas?
Sería interesante conocer, a través de la
Administración Tributaria Provincial, cuáles y cuantas son las empresas
beneficiadas y a cuánto asciende el beneficio impositivo para ellas desde la
vigencia de la Ley que generosamente pagaremos chaqueñas y chaqueños a grandes
manos –en su gran mayoría- extraprovinciales e incluso extranacionales.
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