miércoles, 25 de febrero de 2015

Menos impuestos para las GRANDES


Un beneficio tributario para “las grandes”




En los últimos años, en el Chaco, se han producido novedades importantes en materia tributaria. Desde los beneficios a contribuyentes cumplidores, el aumento de alícuotas en ingresos brutos y sellos, las reformas tendientes a dar mayor progresividad del impuesto inmobiliario rural, son algunas de ellas.


A algunos avances le sucedieron retrocesos. Por ejemplo el beneficio de descuentos de hasta el 33% en el impuesto a los ingresos brutos para los “contribuyentes cumplidores”, establecidos por Ley 6093 en el año 2008 que fuera dejado sin efecto en el año 2013.


Otro ejemplo, la búsqueda de la progresividad en el impuesto inmobiliario rural  que trabajosamente se consiguió en los años 2010 y 2012, cayeron ante la tentación “regalona” de 2013 y 2014 con descuentos del 30% y diferimientos a troche y moche. La equidad en retroceso.


De todas las reformas, la mas profunda y polémica por la cantidad de aspectos que abordó pero que luego de varios debates se saldó positivamente con claroscuros fue la gran reforma de la Ley 7149: aumentó generalizadamente alícuotas de sellos e ingresos brutos, adecuó el inmobiliario rural, y eliminó exenciones entre otras cosas –Leyes 7148 y 7149, del 28/11/2012-.


Fue precisamente en compensación de ese incremento de alícuotas de noviembre de 2012 que la Ley 7148 estableció un régimen de bonificación al contribuyente cumplidor -cuyas ventas no superen 50 millones de pesos (hoy 100 millones)- del 10%, o sea  mucho menos generoso del citado de la ley 6093 pero a su vez con menos rigurosidad en cuanto a requisitos.


Retrocediendo

Convengamos que las herramientas tributarias provinciales no son muy generosas para la construcción de equidad, pero sin embargo son suficientes para marcar tendencias. Desde 2007 y hasta el 2013, zigzagueante o con claroscuros, la tendencia había sido de mejora en la equidad. Los del año 2013 y, principalmente, del año  2014 son para el olvido en la materia.


Se vienen las grandes empresas (¿volvió Menem?)

A los citados beneficios de 2013 y 2014 en el impuesto inmobiliario rural, la Legislatura agregó sobre fines del año pasado un nuevo y generoso beneficio para las empresas grandes que consagra la tendencia en retroceso.


La iniciativa del Diputado Darío Bacileff Ivannof, en definitiva hoy Ley 7512, estableció una bonificación de hasta el 20% en el impuesto a los ingresos brutos a aquellas empresas cuya facturación supere los 100 millones de pesos, agregando como único requisito distintivo de las que facturan menos el de mantener la cantidad de personal, aunque ha soslayado un requisito que tienen los más “pequeños”: el de no poseer actas de infracción por violación a la normativa laboral. Ese requisito “legal” de cantidad de personal luego fue distorsionado por el Decreto Reglamentario 9/2015.


Pasando en limpio: legisladoras y legisladores de nuestra Provincia han duplicado un beneficio tributario a las empresas más grandes, sin interesar el nivel de empleo que generan o diferenciar el tipo de actividad que realizan, beneficiando  de esta forma su utilidad o dándole mejor posición de costos (y por ende de precios) en la competencia con las pequeñas. Una idea claramente NEOLIBERAL


¿Cuáles son las empresas que tienen actividad económica en el Chaco y cuya facturación –local, nacional o internacional- supera los 100 millones de pesos? ¿Porqué merecen un beneficio que duplica el de las medianas, pequeñas y pequeñísimas empresas?


Sería interesante conocer, a través de la Administración Tributaria Provincial, cuáles y cuantas son las empresas beneficiadas  y a cuánto asciende el beneficio impositivo para ellas desde la vigencia de la Ley que generosamente pagaremos chaqueñas y chaqueños a grandes manos –en su gran mayoría- extraprovinciales e incluso extranacionales.